A- de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger
✓Claimant Francisco Javier Niño Forero·Respondent Archivo Central De Bogota
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Treinta y Cinco Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado Once Municipal de Pequeñas Causas Laborales de la misma ciudad.
Encontró la Corte que en este caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primero de los despachos mencionados aplicó indebidamente la regla de reparto contenida en el numeral 1 del artículo 1 del Decreto 333 de 2021, con lo cual afectó la celeridad y eficacia en la administración de justicia, así como la protección de los derechos fundamentales de la parte demandante.
La Sala Plena de la Corporación concluyó que el Juzgado Treinta y Cinco Laboral del Circuito de Bogotá se encuentra en la obligación de resolver en primera instancia la acción de tutela, por tratarse de la primera autoridad judicial con competencia a la que se le asignó el proceso.
Con base en lo anterior ordenó el envío del expediente a dicha autoridad para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Se le hace una advertencia a este operador jurídico para que, en lo sucesivo, observe con estricto rigor las normas que regulan la competencia en materia de tutela y la jurisprudencia de esta Corte sobre los conflictos de competencia y para que se abstenga de promover conflictos aparentes de competencia que demoren las decisiones a adoptar en su rol de juez constitucional.
Al otro juzgado se le advierte que, en caso de considerar que existe un conflicto de competencia en materia de tutela debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 9 de noviembre de 2021, proferido por el Juzgado Treinta y Cinco Laboral del Circuito de Bogotá, dentro del trámite de la acción de tutela formulada por Francisco Javier Niño Forero contra el Archivo Central de Bogotá -Rama Judicial-.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-4116 al Juzgado Treinta y Cinco Laboral del Circuito de Bogotá para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado Treinta y Cinco Laboral del Circuito de Bogotá y al Juzgado Once Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bogotá que, en lo sucesivo, deben observar con estricto rigor las normas que regulan la competencia en materia de tutela y la jurisprudencia de esta Corte sobre los conflictos de competencia. Por lo tanto, deberán abstenerse de promover conflictos aparentes de competencia que demoren las decisiones a adoptar en el marco de procesos de tutela.
- Cuarto. ADVERTIR al Juzgado Once Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bogotá que en caso de considerar que existe un conflicto de competencia en materia de tutela este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018 de esta Corporación.
- Quinto. Por la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado Once Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bogotá.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.